LA REGULACION PROPUESTA PARA LOS CORREOS NO SIRVE PARA EL SECTOR

El Cronista Comercial Miércoles 28 de Febrero 2001

Por Pablo T. Spiller

Universidad de California, Berkeley y LECG LLC

En estos días la Secretaría de Comunicaciones está por emitir el Reglamento General de la Actividad Postal. La propuesta de reglamento es un paso adelante respecto al reglamento propuesto bajo el ex Ministro de Infraestructura Gallo, y reflejan la participación de la Secretaría de Defensa de la Competencia y del Consumidor. Si bien en este reglamento se eliminaron los requisitos mínimos de tamaño o experiencia, de cobertura o de números de vehículos, se plantean ciertos requerimientos anticompetitivos y otros importantes se dejan de lado. Dado que Argentina tiene unos de los correos domésticos más caros del mundo, es importante analizar en detalle el reglamento para asegurar que éste fomente la competencia en lugar de trabarla. No es obvio, sin embargo, para qué se necesita un reglamento general de la actividad cuando existen normas de defensa del consumidor y de la competencia.

La actividad postal tiene pocas barreras de entrada. Desde la desregulación en 1993, el número de operadores postales se duplicó, poniendo una fuerte competencia al Correo Oficial (Correo Argentino S.A.). Desde 1993 el sector duplicó su volumen de ventas, el precio de la correspondencia promedio bajó un 25%, el volumen del Correo Oficial solo creció en un 11% per aumentó su facturación en un 52%. El potencial de competencia, implica que el sector debería estar libre de regulación específica, excepto por reglamentar la obligatoriedad de la interconexión o "redespacho". El redespacho consiste en un acuerdo entre operadores por el que uno le transfiere al otro correspondencia para que éste la despache en su propia red. El redespacho facilita la entrada de operadores regionales. Con redespacho obligatorio, un operador no necesita tener cobertura nacional ni capacidad de transporte fuera de su región. Sin la obligatoriedad de redespacho, se generan fuertes barreras a la entrada, limitando la competencia.

Evolución del Sector

Numero Operadores

Postales

Indice Ventas Unidades Sector

Indice Ventas Unidades Correo Oficial

Indice Ventas Unidades Correo Privado

Indice Facturación Sector

Indice Facturación Correo Oficial

Indice Facturación Correo Privado

Indice Precios Promedios

1993

135

100

100

100

100

100

100

100

1994

257

116

104

147

121

113

126

104

1995

284

125

113

155

121

130

115

97

1996

297

135

116

181

124

150

107

92

1997

301

153

104

271

128

137

122

84

1998

277

164

100

320

142

148

138

87

1999

280

193

111

393

145

152

140

75

Fuente: Informe Anual del Mercado Postal. CNC.

En la propuesta actual se regula, sin embargo, más de lo necesario y lo necesario (redespacho) no se regula bien. El reglamento regula los beneficios y obligaciones del Correo Oficial, y fundamentalmente los requerimientos de operación para los prestadores no oficiales. Entre los beneficios del Correo Oficial que atentan contra la competencia se encuentran la potestad de exigir que sus competidores exhiban certificado vigente de habilitación para prestar el servicio en cuestión ante cualquier licitación, tanto pública como privada; y el requerimiento de ser incluido en toda licitación pública o privada. Aparte del papeleo burocrático cuya finalidad parece ser controlar a la AFIP y demás instituciones gubernamentales, el requerimiento fundamental para los operadores postales (aparte del Correo Oficial) es que para obtener su habilitación permanente, tienen un año para presentar un Plan de Gestión de Calidad bajo norma ISO 9001:2000.

Esta asimetría regulatoria y requerimientos de calidad traban la competencia. Por un lado, pequeños operadores tendrán que incurrir en gastos importantes simplemente para ser habilitados. El requerimiento de certificación de calidad, si bien parece inocuo, no lo es. El nivel de capacidad gerencial para introducir normas ISO 9001:2000 es sustancialmente mayor a lo que se necesita para manejar un servicio de correo regional. Uno se pregunta cuántas empresas en la Argentina, incluyendo en el sector de telecomunicaciones, han obtenido dicha certificación, y cual sería el impacto sobre la competencia y el costo país de un requerimiento similar en otros sectores. Dado que el Correo Oficial será el que controle que el reglamento se cumpla al pie de la letra, al poder requerir a sus competidores en las licitaciones que demuestren haber cumplido con la normativa, este requerimiento será, sin duda alguna, una traba a la competencia.

Si bien el reglamento permite el redespacho, no lo regula. Ninguno de sus 66 artículos especifican el criterio que tomará la autoridad para dirimir conflictos por redespacho. Considerando que en general será el Correo Oficial quien esté del otro lado de la mesa de negociación, es fundamental que se especifique ex-ante el criterio a utilizar. En su ausencia, la influencia del operador Oficial será difícil de limitar.

Tanto la sobre- como la sub-regulación favorecen al Correo Oficial. El Reglamento, por lo tanto, parece diseñado no por razones económicas sino políticas. El Correo Argentino se encuentra en negociación con el gobierno por su fusión con OCA, le debe a éste alrededor de $100 millones (aunque el Estado le debe alrededor de $60 millones), su rentabilidad no ha sido la esperada, y la competencia de los pequeños operadores ha sido fuerte. El reglamento viene a apoyar más al Correo Oficial que a facilitar la competencia o defender al consumidor. En estas condiciones no merece ser aprobado.